Hemos visto que esta práctica es común, impuesta justificando inclusión de políticas internas, inicio de relaciones comerciales, créditos y garantías excesivas.
Es necesario aceptar ese tipo de cláusulas en los contratos?
La respuesta siempre la tendrá quién acepta imposición, sin embargo nos permitimos recomendar que ninguna de las partes a contratar debe abusar de su derecho y de la buena fe contractual, que es pilar fundamental para el éxito de cualquier relación
comercial.
Todos los contratos deben prepararse, celebrarse, interpretarse, ejecutarse y terminarse de manera saludable.
El exceder, pervertir irrazonablemente cualquier límite, buscar alguna conveniencia más de allá de lo razonable y justificable, no asumir responsabilidades, sin duda podría constituir entre otros un abuso de derecho, que puede incluso convertirse en práctica
desleal, que pondría en grave riesgo su empresa.
Es importante que los contratos mantengan un equilibrio en la distribución de derechos y obligaciones como también entre riesgos y beneficios.
Como refiere el profesor Gustavo Ordoqui, El derecho cesa donde el abuso comienza y no puede haber uso abusivo de un derecho por la razón irrefutable de que un acto pueda ser a la vez conforme y contrario a derecho.
Ab. Efrén Vintimilla V.