El Servicio Nacional de Contratación Pública – SERCOP, el 15 de enero de 2021, emitió la Resolución No. RE-SERCOP-2021-0112 a través de la cual se expidieron reformas a la Resolución Externa No. RE- SERCOP- 2016- 0000072, que expidió la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública.
La referida resolución introduce algunos cambios a los diferentes conceptos y procedimientos de la contratación pública, sin embargo, en el presente espacio quiero referirme específicamente a la firma electrónica.
Con motivo de la pandemia por el virus COVID-19, las actividades presenciales se limitaron al máximo y nos vimos como sociedad, obligados a buscar nuevas alternativas para continuar con las actividades comerciales y laborales. La contratación pública no fue la excepción.
Es por esta consideración que el SERCOP, como ente regulador de la contratación pública en el Ecuador, autorizó y normalizó el uso de la firma electrónica en los documentos de los procesos de contratación pública, como identificamos en la reforma al artículo 10.1 que expresa: “Art. 10.1.- Documentos firmados electrónicamente. Los documentos relevantes correspondientes a las fases preparatoria,
precontractual inclusive las ofertas, contractual y de ejecución contractual, dependiendo del procedimiento de contratación pública y conforme con las disposiciones y directrices que emita este Servicio Nacional, deberán estar firmados electrónicamente, tanto para las entidades contratantes como para los proveedores del Estado.”
La nueva realidad de la contratación pública impulsa el uso de las tecnologías para los documentos relevantes en estos procesos y estamos todos, como entidades contratantes y como posibles oferente del Estado, en la obligación de ir adaptando nuestros procesos internos a esta realidad.
Por este motivo, nuestro estudio jurídico brinda a todos sus clientes la asesoría y capacitación en materia de contratación pública que se requiere para la correcta prestación de sus servicios a las entidades del Estado.
Ab. Sofía Camacho O.